Medidas de Prevención en los Centros de Servicios Sociales Especializados tras la Vacunación

  



    Desde el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales se ha publicado la Orden CDS/85/2021, de 3 de marzo por la que se modifican medidas y anexos de la Orden CDS/945/2020 de 30 de septiembre.

    La presente orden tiene por objeto adaptarse a la nueva situación de los centros de Servicios Sociales especializados de naturaleza residencial tras haber completado la primera etapa de vacunación frente a COVID-19.

    Las novedades más significativas son:

  • SALIDAS DE RESIDENTES:

Las salidas a domicilio voluntarias y temporales con pernocta de personas residentes varían en función del estado de vacunación de los residentes.

Residentes vacunados: podrán salir por tiempo inferior, igual o superior a 10 días. No se realizará PDIA a la salida ni al reingreso.

Residentes no vacunados: podrán salir, cuando la duración de la salida sea por tiempo igual o superior a 10 días.

En los dos casos anteriores deben cumplir las siguientes normas:

  1. La persona residente se alojará en un único domicilio, que ha de estar integrado por un único núcleo de convivencia, sin que éste supere el máximo de 6 personas, incluyendo al residente.
  2. Ninguno de los miembros del núcleo de convivencia ha de presentar un cuadro compatible con la infección de coronavirus o estar en periodo de cuarentena domiciliaria.
  3. La persona residente será acompañada para su salida por un miembro de las personas que integran el núcleo de convivencia en el que va a estar alojado. 
  4. Han de firmar una solicitud para la salida recogida en el Anexo III y la fecha y hora de retorno será acordado con la persona responsable de la residencia cumplimentando el Anexo IV.

  • Otros desplazamientos permitidos:

Las personas residentes que no se hallen en aislamiento pueden circular por las vías públicas o espacios de uso público, respetando las normas de prevención (higiene de manos, uso de mascarilla, respetar distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros) para evitar contagios.   

Las personas residentes no vacunadas tendrán limitadas la circulación a realizar un paseo diario de un máximo de 60 minutos de duración y una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio de residencia.

En el caso de residentes vacunados podrán salir de la residencia sin estar sujetos a limitaciones de número de salida, duración y distancia, establecidas para el grupo anterior.

En ambos casos, conviene evitar las salidas en las franjas horarias de mayor afluencia y acudir a domicilios particulares, espacios cerrados de hostelería, así como a aquellos lugares donde puedan producirse aglomeraciones (centros comerciales o similares).

Las personas residentes podrán realizar paseos solos o acompañados por personal del centro, un familiar, allegado o persona de referencia.  En estos casos, los acompañantes tendrán especial cuidado en que se cumplan las medidas de prevención e higiene.

  • VISITAS A LAS PERSONAS RESIDENTES:

Residentes vacunados: se permite la entrada de hasta cuatro personas (familiares y allegados, etc) por residente y visita. La duración máxima será de 60 minutos estableciéndose distintos turnos en el transcurso de la duración de la visita. Para ello será necesario firmar el modelo de Anexo V.

Residentes no vacunados: se permite la entrada de un familiar por residente y visita. Se permitirá un mínimo de dos visitas semanales con una duración máxima de 60 minutos. En este caso se debe cumplimentar el modelo de Anexo VI.

Las visitas se realizarán preferentemente en espacio exterior y si no es posible, en un espacio independiente, garantizando la distancia interpersonal de 1,5 m entre visitantes y residentes. 

  • NUEVOS INGRESOS

Actualmente ya no es necesario que desde las residencias se envíe el Anexo V (CDS/45/2020, de 30 de septiembre) relativo a los nuevos ingresos al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. 

Se habilita a las residencias, tanto públicas como privadas, a decidir no admitir nuevos ingresos a personas que o bien ellas o quien ostente la representación legal  manifiesten su oposición a la vacunación.

La decisión se comunicará a servicios sociales a través del siguiente correo: sposs@aragon.es y en su caso al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), para que lo tenga en cuenta en la adjudicación de plazas concertadas.

Con anterioridad al ingreso de un nuevo residente, se solicitará la realización de una prueba diagnóstica de coronavirus, siendo recomendable que se realice en los tres días previos al ingreso. Por otro lado, si la nueva persona residente está vacuna no será necesario someterla a aislamiento preventivo, mientras que en el caso de no estar vacunada habría que realizar un aislamiento preventivo de 10 días, con la excepción de aquellos casos en los que mediante prueba serológica se confirme que la infección está resuelta.

  • GESTIÓN DE LOS BROTES

En caso de situación de brote, Salud Pública podrá suspender medidas tales como: nuevos ingresos, visitas, paseos, prestación de servicio de peluquería y retorno de residentes procedentes de un domicilio particular.

  • TRABAJADORES

Tras períodos vacacionales u otras ausencias prolongadas se recomienda la realización de PDIA, especialmente si no han completado su vacunación.

En la organización de la asistencia a residentes, se tendrá en cuenta el estado vacunal de residentes y trabajadores para la distribución de tareas y la disposición de los residentes.

Los trabajadores no vacunados o de nueva incorporación sin vacuna realizarán labores de asistencia a residentes vacunados. En ningún caso atenderán a residentes sin vacunar.

En relación a trabajadores de nueva incorporación no vacunados se vigilará especialmente la aparición de síntomas compatibles con COVID-19 y se programará su vacunación lo antes posible. Los trabajadores no vacunados serán considerados grupo 1 dentro de la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España.

Documento: Adaptación de las medidas en residencias de mayores y otros centros de servicios sociales de carácter residencial en el marco de la vacunación

  • Nota aclaratoria: 

Más adelante se publicará una nueva orden en la que se refundirá el conjunto de medidas de prevención y contención aplicables en los centros de servicios sociales especializados para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el virus SARS-COV-2.