Valoración de la dependencia

    La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal constituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados. Este reto no es otro que atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria y alcanzar una mayor autonomía personal.

    Se entiende por dependencia el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía (física, mental, intelectual o sensorial), precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar Actividades Básicas de la Vida Diaria (En adelante, ABVD) o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

 


     El procedimiento para la valoración de dependencia se inicia a instancia de la persona afectada o de quien ostente su representación, en el Centro de Servicios Sociales Municipal o comarcal (o si reside en la ciudad de Zaragoza, en la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales), donde le indicarán los datos y la documentación que tendrá que aportar. Es importante que el día de su cita lleve toda la documentación ya que así el procedimiento será más rápido. 

    La valoración de dependencia, se determina mediante la aplicación de un baremo, que establece con criterios objetivos la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las ABVD. Este instrumento es aplicado por personal técnico especializado de la Administración Autonómica, en el lugar donde resida la persona solicitante.

La situación de dependencia se clasifica en los siguientes grados:

  • Grado I, Dependencia Moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD, al menos, 1 vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • Grado II, Dependencia Severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD 2 o 3 veces al día o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • Grado III, Gran Dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

    El envejecimiento es uno de los rasgos más significativos de la población aragonesa que se vincula a su vez con una mayor demanda de servicios dirigidos a la atención a personas mayores. Aproximadamente 3 de cada 4 personas que solicitan la valoración en el sistema de atención a la dependencia son mayores de 65 años y hay que tener presente que su reconocimiento genera un derecho subjetivo para el acceso a las prestaciones y servicios. En febrero de 2021, en Aragón hay un total de 44.425 personas con grado de dependencia reconocido. 

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